-
AutorEntradas
-
4 agosto, 2009 a las 5:23 pm #374096
mery79
ParticipanteEn la pregunta 16 del test 4 del tema 6 que hace referencia a quiénes no tienen capacidad de obrar ante las Administraciones, da como correcta la respuesta d según la cual no tendrían capacidad de obrar los menores de edad en los casos en que no puedan actuar sin la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela (estoy de acuerdo) y los menores incapacitados cuando [b]no[/b] estén afectados en el ejercicio y defensa de los derechos de que se trate (es esto lo que no entiendo).
Si en la respuesta pone que no están afectados en el ejercicio y defensa de los derechos entonces ¿por qué no tienen capacidad de obrar? Según el art.30 de la Ley 30/92 no tienen capacidad de obrar los menores incapacitados cuando la extensión de la incapacitación [b]afecte[/b] al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate ¿o es que para considerar que sí tienen capacidad de obrar la respuesta debería haber especificado además que es en aquellos casos en que la actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela?
Vaya cacao que tengo 😯
Que alguien me ayude please.
Un saludo.
6 agosto, 2009 a las 3:51 pm #374097Academia Opositas
ParticipanteHola Mery79:
la respuesta B nos habla de los menores incapacitados que no estén afectados en el ejercicio y defensa de los derechos de que se trate; OJO, no estamos hablando de lo mismo que la ley, es decir:
[u]cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate [/u]
Sino que simplemente hablamos de que el menor incapacitado no está afectado por el tema tratado. Daría igual que hablásemos de cualquier “ciudadano no afectado en los derechos de que se trate” porque si no está afectado… no está capacitado para obrar, verdad?
Espero haberte ayudado.
Un saludo6 agosto, 2009 a las 6:59 pm #374098mery79
ParticipanteGracias por tu respuesta Cr, a ver si lo he entendido, ¿entonces lo que quiere decir es que los derechos de ese menor incpacitado no se ven afectados por el tema del que trate el procedimiento administrativo y por tanto no está capacitado para actuar en el como interesado?
Un saludo.
11 agosto, 2009 a las 4:46 pm #374099Academia Opositas
ParticipanteEfectivamente, Mery79. Es como decir que a esa persona (sea menor o no) el procedimiento no le afecta.
Un saludo
11 agosto, 2009 a las 6:11 pm #374100mery79
ParticipanteMuchas gracias Cr, todo aclarado.
Un saludo.
-
AutorEntradas
- El foro ‘Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.
