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Permisos

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #367092
    Academia Opositas
    Participante

    Muy buenas a todos.
    Estoy muy nerviosa y por eso creo que me surgen estas dudas tan tontas.

    Alguien me podría decir lo que se considera para los permisos:
    . Primer grado de consanguinidad
    . Segundo grado de consanguinidad

    Por ejemplo cuando la ley dice que se concederá un permiso de 3 días si se trata de la enfermedad o fallecimientode un familiar de hasta primer grado de consanguinidad, siempre que fuera en la misma localidad, y de 5 días si fuera en distinta.
    Alguien me puede explicar esto de la consanguinidad….. 😥
    Muchas graciasssssss

    #367093
    epa2
    Participante

    Hola Crisba33, trankila,

    creo que todos mas o menos andamos de los nervios igual, pero como el otro dia decía alguien, ¡¡¡vamos a tener un mundo de tiempo en el examen!!!!

    en fin, mira, para la duda esa mejor que eches un vistazo al código civil, creo que en descargas te lo puedes bajar,,,

    ya me dirás..

    nos vemos por la feria del tocinooooooooo

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