Hola,
en la ley 3/88 de 13 de diciembre de Ordenación de la Función Pública de CLM, en los artítulos 5 y 6 habla de los funcionarios de carrera e interinos respectivamente, y hay una diferencia entre ellos respecto a las retribuciones: los funcionarios de carrera perciben sus retribuciones con cargo a las consignaciones de personal del presupuesto de la Junta de Comunidades, mientras que los funcionarios interinos, desarrollan funciones retribuídas por las Administraciones Públicas.
¿si son funcionarios interinos de Castilla-La Mancha, porqué sus retribuciones no son a cargo de las consignaciones de personal del presupuesto de la Junta de CLM, como pasa con los funcionarios de carrera???
Es decir, si nos preguntan a cargo de quién están las retribuciones de los funcionarios de carrera, la respuesta correcta es a cargo de las consignaciones de personal del presupuesto de la Junta, y si nos preguntan sobre los funcionarios interinos, la respuesta correcta es a cargo de las Administraciones Públicas, no???
Bueno, a ver cómo lo véis…
Saludos!!!
😀 D D