Foros OPOSITAS

MUCHA SUERTE A TODOS LOS QUE HACÉIS EL EXAMEN MAÑANA

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #360960
    Academia Opositas
    Participante

    Hola opositores y alumnos:

    quería desearos mucha suerte a todos los que hacéis mañana vuestro segundo examen de Auxiliares AGE por Consolidación de empleo, y en especial a los que habéis confiado en nuestra preparación online.

    [u][b]Vamos a por ese 10 que está en vuestra mano[/b][/u].

    Estaremos en el foro para ver vuestras primeras impresiones.

    Mucha suerte y … a demostrar lo que sabéis.

    Un saludo

    #360961
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias Cr por tus ánimos. Yo he hecho el de justicia y no me ha parecido muy difícil, creo que era más asequible el supuesto de procedimiento administrativo que es el que yo he hecho, que el de personal. Lo que tengo es una duda sobre una pregunta, a ver si me la podías despejar.

    La pregunta 9 dice: “En el supuesto de que el recurso de reposición se hubiera presentado fuera del plazo establecido, ¿La Administración está obligada a resolverlo expresamente?
    a) Si, porque la Administración, al margen de la presentación extemporánea, está obligada a resolver.
    b) No, al no estar obligada a admitirlo
    c) No, al haberse producido la caducidad en el procedimiento
    d) No, porque los recursos de reposición no se tienen que contestar.

    Yo en principio vi muy clara como buena la B, pero después de las horas y viendo lo que dice la ley 30 de que la administración está siempre obligada a resolver y notificar resolución, creo que la voy a tener mal. ¿Qué opinas al respecto? gracias.

    #360962
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Carloage30:

    tenemos que irnos al artículo 42.1 de la ley 30/92 que nos dice:

    [i]”En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.”[/i]

    Sí tiene que realizar una resolución pero no respecto al contenido del recurso, es decir, no tiene que resolver el recurso (que es lo que nos preguntan) sino respecto a la presentación fuera de plazo inadmitiéndolo (aunque también puede admitirlo).

    La respuesta A no es correcta si se refiere a que está obligada a resolver el recurso. Y la respuesta B la veo incompleta aunque correcta.

    Yo no descartaría que te la dieran como buena.

    Por cierto, ¿qué resultado tienes si no contamos con esta pregunta?

    Por otro lado, me alegro de que el examen no haya sido “muy difícil”. Eso significa que ha tenido su dificultad, lo cual es imprescindible para que podáis demostrar lo que habéis estudiado.

    Un saludo

    #360963
    Perseo9
    Participante

    Hola Carlosage30,

    Me presento el día 29 también a consolidación.
    ¿Te importaría decirme si el supuesto de justicia era todo específico o si mezclaron preguntas del temario común?.
    Para tener una idea de por donde están yendo los ministerios.

    Muchas gracias

    #360964
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Cr, muchas gracias por contestar tan pronto y no sabes la alegría que me das, aunque hay que esperar a la plantilla porque como comentas la redacción de las respuestas es “rarilla”. Mi nota una vez corregido sin contar esa es 9, es decir que si esa la tengo bien sería 10. Pero esa nota es al corregir yo y me puedo haber equivocado. Hay que esperar. De hecho en una que yo pensaba que me había equivocado me dices que puede que la tenga bien.

    Hola Perseo9 te comento, han sido dos supuestos el que yo he contestado ha sido SÓLO del recurso potestativo de reposición. Aunque parezca increible han sacado 10 preguntas de tan poca materia. Para mi gusto bastante fácil, si dominas esa pequeña parte de la ley 30/92 aunque las preguntas o mejor dicho la forma de preguntar es un poco “rara”.

    El otro supuesto ha sido de personal pero mezclado, para mi gusto ha sido más propio de lo que yo esperaba que fuesen los supuestos prácticos, con un texto largo explicando la situación de un funcionario y ha metido transversalmente una pregunta de prevención de riesgos y otra del temario especíco referente a la función de un órgano de la administración de justicia. Mi consejo es que lleves muy, muy, muy bien procedimiento y ebep. Repasa el resto de temas por si te conectan alguna pregunta, sobre todo en personal es donde más suelen meter temario específico o prevención de riesgos (si es que tú tambien tienes prevención de riesgos). Procedimiento administrativo es menos “susceptible” de que introduzcan temario específico. También ha sido sencillo, de hecho tengo las diez bien aunque ese no lo he pasado a la plantilla y me decanté por el de procedimiento administrativo porque había tenido más dudas.

    Si necesitas alguna aclaración más no dudes en preguntármela pero, por lo que he podido ver cada ministerio está siguiendo su criterio sin tener nada que ver con los demás.

    Muchas suerte para ti y para todos los que os presentais, esperemos que alguno salga de funcionario en estos años tan difíciles en AGE.

    Saludos y reiterar mi agradecimiento a CR.

    #360965
    Perseo9
    Participante

    Hola Carlosage30

    Muchísimas gracias, me ha servido mucho de orientación pero es como tu dices, depende de cada ministerio. Mucha suerte en la tuya.

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS