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Supuesto 4

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #360776
    majusal
    Participante

    Hola buenas tardes Cr, estoy con el supuesto 4 y no entiendo nada.
    Si se incoa el expediente el 31/03 y se notifica el 16/11 ¿no hemos superado los 6 meses?
    Pregunta 3 en el art. 79.2 no dice nada de plazos
    pregunta 4 que quieren preguntar?, por la respuesta deduzco es plazo interposición del contencioso por acto presunto.
    pregunta 12 no la entiendo

    #360777
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Majusal:

    vamos a ver las dudas sobre ese supuesto 4.

    En la primera fecha hay una errata ya que no es marzo sino mayo. Así sí que se cumplen los seis meses de plazo.

    – pregunta 3: se indica la respuesta D como correcta porque ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Fíjate que en el artículo 79.2 se habla de “en todo momento” y por lo tanto no hay plazos.

    – pregunta 4: pasamos a ponerla con el número 5 (y la pregunta 5 con el número 4). Fíjate que en la pregunta 4 (antigua 5) te preguntan por el tipo de recurso que puede interponer refiriéndose al Contencioso-administrativo. Luego en la pregunta 5 (antigua 4) te preguntan en qué plaza se puede interponer y al ser un acto presunto, debemos marcar la respuesta D, seis meses.

    – pregunta 12: fíjate en el tercer párrafo del enunciado cuando habla de que se ha interpuesto el recurso solicitando la suspensión del acto. El motivo de la suspensión es que afectaría a los contratos laborales, es decir, que es lo que se dice en la respuesta A como “suspendido en su eficacia”. Dicho de otra forma, lo que indica en el artículo 111.4 como suspensión para la protección de interés de terceros.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo

    #360778
    majusal
    Participante

    Muchísimas gracias Cr, ahora está claro.

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