Hola Paris68:
borro tu mail en el que nos planteas esta misma duda (por el tema de la falta de conexión que tuvimos temporalmente).
Sobre la primera duda, sería de cada cámara indistintamente, es decir, que se puede pedir una Sesión Extraordinaria del Congreso por parte de:
– el Gobierno
– la Diputación Permanente
– la mayoría absoluta del Congreso
– o la mayoría absoluta del Senado
Y de igual forma con una Sesión Extraordinaria del Senado.
Sobre la “Iniciativa Legislativa Parlamentaria” me voy a apoyar en un esquema que hay en el Material de Apoyo llamado “Esquema sobre la Elaboración de las Leyes”. Ahí verás que el primer cuadrito (el rojo) es el de la iniciativa, es decir, que las Cámaras podrán aprobar una ley pero inicialmente tendrá que pedirse según lo indicado por el artículo 87 de la Constitución.
Cuando dicha iniciativa se ejerce por las propias cámaras, son concretamente los grupos parlamentarios los que la ejercen.
Espero haberte ayudado.
Un saludo