Hola Celeste!!
Yo lo que entiendo en el apartado 3 del artículo 92 (que creo que es exactamente donde te has perdido), es que aunque pasados esos 3 meses se produzca la caducidad, ésta no extingue por sí sola las acciones del interesado o de la Administración, como consecuencia de su falta de ejercicio durante el tiempo establecido.
Así es como yo lo entiendo, espero no estar equivocada, y que más o menos me hayas entendido, vamos a ver si hay otras versiones.
Un saludo!!!