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tema 11- dudas

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #348393
    manuela-yoda
    Participante

    hola, en el tema 11 pone: “el sueldo de los func dl grupo A no podrá exceder en más d 3 veces el sueldo de los func dl grupo E”… pero ese grupo ya no existe … por lo que eso ya no es válido ¿no?

    otra más…

    en el EBEP está en vigor el a.25.2 sobre las retribuciones d los interinos, verdad?
    a.25.2 Se reconocen los trienios correspondientes a los servicios prestados antes d la entrada en vigor d este EBEP (q tienen efectos retrib únicamt a partir d la entrada en vigor d éste).
    es correcto?

    gracias por todo, un saludillo

    #348394
    murcia27
    Participante

    En la primera pregunta, tienes razon, al cambiar los grupos, ya eso no sirve 😉

    y de la otra no sé que decirte…… he visto esto en el Estatuto, pero lo leo y no me entero 😳

    No obstante lo establecido en los Capítulos II y III
    del Título III, excepto el artículo 25.2, y en el Capítulo III del
    Título V producirá efectos a partir de la entrada en vigor
    de las Leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo
    de este Estatuto.
    La disposición final tercera 2 del presente Estatuto
    producirá efectos en cada Administración Pública a partir
    de la entrada en vigor del Capítulo III del Título III con la
    aprobación de las Leyes de Función Pública de las Administraciones
    Públicas que se dicten en desarrollo de este
    Estatuto. Hasta que se hagan efectivos esos supuestos la
    autorización o denegación de compatibilidades continuará
    rigiéndose por la actual normativa

    😉

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