Foros OPOSITAS

Otra pregunta

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #348035
    Academia Opositas
    Participante

    De nuevo aquí:

    Cuando la norma reglamentaria pudiera afectar a la distribución de competencias entre el Estado y las C.A, será necesario el informe de:

    A. Consejo de Estado
    B.Ministerio de la presidencia
    C-Presidencia de Gobierno
    D-Ministerio de Admon. Pública

    Da como cierta la D pero yo creo que es la A. ¿qué opináis?

    #348036
    eljuaqui
    Participante

    Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
    Art.24.3

    [quote]3. Será necesario informe previo del Ministerio de Administraciones Públicas cuando la norma reglamentaria pudiera afectar a la distribución de las competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

    [/quote]

    #348037
    Academia Opositas
    Participante

    Eyyyyyyy estás hecho un hacha eh??

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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