Foros OPOSITAS

Duda con Políticas de Igualdad de Género

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #343510
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Compañer@s:

    ¿Qué tal va ese estudio?. Al estar haciendo unos test me han entrado unas dudas con estas preguntas. A ver si me podeis ayudar.

    1. Cuando, en un procedimiento laboral, surjan indicios por discriminación de sexo, la carga de la prueba corresponderá:

    A) Al demandante
    B) Al demandado
    C) El juez, de oficio deberá recabar informes pendientes y, en base a ellos, resolver.
    D) Debe darse traslado al Ministerio Fiscal para que éste, previa audiencia de los representantes sindicales y de las partes, informen si concurren discriminación.

    2.- Según el Plan de Igualdad de Género en la Administración Pública en la previsión de puestos por el sistema de “libre designación”, ¿cuántos aspirantes deben de ser mujeres?.

    A) Por cada cuatro aspirantes, 2 mujeres
    B) Por cada cuatro aspirantes, 3 mujeres
    C) Por cada cuatro aspirantes, 1 mujer
    D) No existen previsiones al respecto.

    3.- Las cláusulas de convenios colectivos, pactos individuales o decisiones unilaterales del empresario que contengan discriminaciones directas o indirectas son:

    A) Improcedentes
    B) Nulas
    C) Restrictivas
    D) Iguales

    Estas tres preguntas me hacen dudar mucho. La 2 creo que es la A), La primera y la tercera ya me lían un poco más.

    Muchísimas gracias.
    Saludos y ánimos.
    Nira

    #343511
    Academia Opositas
    Participante

    hola nira, la 2 efectivamente es la A. El resto, son preguntas muy de derecho del trabajo, que no creo que pudiesen llegar a preguntarse en nuestro examen… Aunque la 3 supongo que es la B.

    #343512
    Academia Opositas
    Participante

    Hola nira. Hola guille:

    Nira, con respecto a la pregunta número 1 que haces; creo recordar que en la tutoría de igualdad de género, dijo el administrador (creo que era Bg) que es muy importante tener en cuenta que en los procedimientos por discriminación de sexo, se invertía la carga de la prueba, correspondiendo al demandado probar la no discriminación de la misma.

    Por lo demás, no os puedo ayudar. Todavía no me he metido a fondo con el tema.

    Saludos.

    #343513
    Academia Opositas
    Participante

    😀 serán nulos y sin efectos los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan discriminaciones desfavorables por razon de edad o cuando contengan discriminaciones favorables o adversas en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada, sexo, origen, estado civil, raza, ideas religiosas, políticas, adhesión o no a sindicatos, vínculos de parentesco con otros trabajadores y lengua.

    También dice que corresponde al demandado demostrar que no ha habido discriminación en la igualdad de trato.

    Un saludo[/img]

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS