Foros OPOSITAS

Violencia de Género

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #337497
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, mi duda surge respecto a la nueva figura de excedencia por razón de violencia sobre la mujer funcionaria, podría encuadrarse como excedencia voluntaria?¿, es decir, constituiría una quinta excedencia voluntaria?¿, y también si percibiría algún tipo de compensación económica en dicha situación?¿, a efectos de derechos pasivos, etc ya he visto que si.
    Gracias.

    #337498
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Lumica:

    Espero que ahora si me deje enviar el mensaje. Y que esto te ayude. Tengo entendido que se pide una excedencia en razón de violencia sobre la mujer funcionaria.. Tendrán derecho a solicitar la situación de excedencia, yo creo que se entiende, por voluntaria, sin necesidad de haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos y sin que resulte de aplicación ningún plazo de permanencia en la misma. Durante los seis primeros meses tendrán derecho a reserva del puesto de trabajo que desempeñaran, siendo computable dicho período a efectos de ascensos, trienios y derechos pasivos.
    Cuando las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad de la víctima lo exigiere, se podrá prorrogar por períodos de tres mees, con un máximo de dieciocho, también con la reserva del puesto de trabajo.
    Quizás también te pueda ayudar la ley orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género.
    Espero haberte ayudado.
    Saludines
    nira

    #337499
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias, tendré que profundizar más en el tema remunerativo de dicha figura.
    Saludos.

    #337500
    Academia Opositas
    Participante

    Hola compis 😀

    Yo creo q esta excedencia no es voluntaria…se define como “excedencia por razón de violencia sobre la mujer funcionaria” (no dice q sea voluntaria 🙄 )

    Además las distintas modalidades de excedencia voluntaria no producen, en [b]ningún caso[/b] reserva del puesto de trabajo. Y vemos como en la excedencia por violencia sobre la mujer funcionaria sí q se reconoce el derecho a la reserva del puesto de trabajo, a no ser q sea una excecpción…q ya no lo sé jeje

    Un saludín 😛

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS