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19 octubre, 2004 a las 10:03 am #335369Academia Opositas Participantehola a todos 
 me estoy estudiando la corona y me he liado
 ¿alguien me podrá ayudar?Yo entiendo por reina consorte, la pareja del Rey viudo, y el consorte de la Reina, la pareja de la reina viuda, entonces, ¿que es la consorte del Rey? ¿es lo mismo la reina consorte que la consorte del Rey?. 
 si la reina consorte tiene título de reina, y la consorte del Rey también tiene título de Reina, entonces no sería la misma persona.En la pregunta número 7 del test 2-2004 nos pregunta: 
 la consorte del Rey ¿puede asumir funciones constitucionales?
 y la respuesta correcta es la d: la Constitución no contempla a dicha persona ya que sería considerada como Reina.Alguien me lo puede aclarar, no lo entiendo. a comerse el coco como yo me lo he comido gracias. 19 octubre, 2004 a las 11:27 am #335370epa2 ParticipanteHola Duvi, yo me encontré con esa pregunta hace meses y tambien estuve liandome el coco hasta que Cr me rescató. Vamos a ver si me aclaro y te lo explico…. ufffff La Consorte del rey NO EXISTE, existe más bien la REINA CONSORTE. espera, va ver si encuentro donde lo apunté antes de continuar…. ufffff 19 octubre, 2004 a las 12:09 pm #335371Academia Opositas ParticipanteA ver, La Reina Consorte es la mujer del Rey, y lo seguirá siendo aunque muera el Rey mientras permanezca viuda, y su tratamiento es de Magestad. El Consorte de la Reina, que es el marido de la Reina, lo mismo, y se considera Príncipe y su tratamiento es de Alteza Real. En cuanto a sus funciones, lo que dice la CE en el art 58 es que no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia (art. 59) 19 octubre, 2004 a las 12:42 pm #335372Academia Opositas ParticipanteHola a todos: 
 así es Epa y Sevillana.
 Como dije en otra ocasión, todo depende de quien sea el heredero de la Corona.
 Si es un varón será Rey y su consorte Reina
 Si es una mujer será Reina y su consorte será “simplemente” Consorte de la Reina, pero no Rey.
 Saludooos 😉19 octubre, 2004 a las 12:46 pm #335373Academia Opositas ParticipantePués lo único que puedo añadir a lo dicho, es que todo eso se encuentra en el Real Decreto 1368/1987, de 6 de Novienbre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes. Un saludo a tod@s. 19 octubre, 2004 a las 2:53 pm #335374epa2 Participantey comieron perdices y fueron felices. Un final feliz The end nos vemos por la feria del tocino 
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