LOPJ:
En el RD. 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
Respecto al apartado de Promoción Interna, en su artículo 31.2. nos dice que se reservarán para su provisión por promoción interna, un 50% de las plazas vacantes incluidas para cada cuerpo en la oferta de empleo público.
Las plazas que no se cubran por el proceso de promoción interna, acrecerán al turno libre en cada ámbito territorial..
Pero luego en la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del poder judicial.
en su artículo 490. nos dice que el número de plazas equivalente al 30% de las que, para cada cuerpo sean objeto de la oferta de empleo público.
entonces tengo un poco de lío sobre eso. a ver si me lo podría aclarar.
como también para el tema 13 y 14 de auxilio, no se bien que ley o reglamento me debo de estudiar, pro que con lo que yo tengo me estoy liando por que tengo varios articulos suertos de estas dos, entonces no se si me lo estoy mirando bien.