Buenos días,
Según el art. 5 LG el Consejo de Ministros se encarga de aprobar los proyectos de ley y su remisión al Congreso o, en su laso, al Senado. Sin embargo, según el art. 88 CE los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso… Mi duda es, los proyectos de ley se tienen que remitir siempre al Congreso o también se pueden remitir al Senado? Y las proposiciones de ley?
Gracias de antemano