Foros OPOSITAS

Duda. Recusación magistrados TS

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #331949
    Helena.S.U.
    Participante

    Mi duda es, si la Sala Especial del Tribunal Supremo conoce de la recusación a partir de que sean 2 magistrados o a partir de 3 magistrados. El art 61 LOPJ “o más de dos magistrados de una misma sala”, un tanto ambiguo.
    En el tema 7 pone 1 o 2 magistrados le corresponde a la misma sala; y más de 2 a la Sala Especial. En cambio en el esquema de Incidentes de recusación según la LOPJ, pone que 1 magistrado corresponde a la misma sala, y a partir de 2 a la Sala Especial.

    ¿Quién es competente cuando son recusados 2 magistrados? Porque es una pregunta muy trampa.

    Gracias!

    #331950
    Anais79
    Participante

    Cuando son Magistrados del Tribunal Supremo o de la Audiencia Nacional, 2 magistrados se juzgan por la sala correspondiente y 3, x la especial, salvo q sean sus Presidentes o los Presidentes de Sala.
    En el TSJ, si q se juzgara en la sala especial a dos Magistrados del mismo TSJ o de una AP.

    #331951
    Helena.S.U.
    Participante

    Perfecto, gracias!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS