Hola!
Tengo duda sobre la notificación de la Orden General de Ejecución, y es que en el artículo 553 LEC, dice que se notificará SIMULTÁNEAMENTE al ejecutado o, en su caso al procurador que le represente.
Entonces, si tiene procurador se le notifica a éste y no al ejecutado? o sería a ambos?
Gracias!