Buenas tardes, cuando en esta ley no hace referencia niadías hábiles ni a naturales, ¿se entienden naturales?. Ej; 2. La reclamación previa deberá interponerse ante el órgano competente que haya dictado resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.
Gracias.
Del mismo modo entonces entenderemos los 4 días (naturales) para subsanaciones?, ya que en LEC son 10 días hábiles y el C-A también son hábiles.