Foros OPOSITAS

Plazos en la jurisdicción social

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • Autor
    Entradas
  • #331023
    barbarulla
    Participante

    Buenas tardes, cuando en esta ley no hace referencia niadías hábiles ni a naturales, ¿se entienden naturales?. Ej; 2. La reclamación previa deberá interponerse ante el órgano competente que haya dictado resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.

    Gracias.

    Del mismo modo entonces entenderemos los 4 días (naturales) para subsanaciones?, ya que en LEC son 10 días hábiles y el C-A también son hábiles.

    #331024
    Ana-Maria
    Participante

    Buenas noches, barbarulla

    Recuerda que cuando la norma no señala si son hábiles o no, y se expresa en días, debemos entenderlo como plazos procesales por tanto son de aplicación lo que señla el el art. 133.2, En el cómputo de los plazos señalados por días se excluirán los inhábiles.

    Un saludo.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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