Buenas, en relacion al art 4 de la LO sindical habla de 10 días para la publicación de los estatutos de un sindicato por parte de la oficina pública, y en caso de defectos concede 10 días para subsanaciones. No aclara si son hábiles o no, sin embargo cuando dice que el un plazo de 20 días HÁBILES desde el depósito de los estatutos, estos aquieren pnalidad. jca., aquí si aclara que son hábiles. ¿Debemos entender que los anteriores son NATURALES?
Gracias. Perdón por la traca final de preguntas, ahora no se puede escapar ningún detalle.