HOLA ÁNGELA, buenos días:
Vamos con este tema. Te comento, igual que en otra pregunta que has lanzado, que se nos hace difícil poder responder de forma certera ya que si tener los datos exactos de las preguntas y las respuestas es complejo hacerlo bien
Dicho eso el resumen podría ser:
1. El juicio monitorio en sí, nunca termina por sentencia
2. En caso de oposición se tramitaría un verbal u ordinario en función a la cuantía y esos procesos (salvo excepciones) terminarían por sentencias
3. Las sentencias en dichos declarativos si serían recurribles a excepción de las dictadas en verbales con cuantía de hasta 3.000 euros
Espero que se haya quedado ventilado
Saludos