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Instrucción procedimiento del jurado en causas de aforados

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #330404
    barbarulla
    Participante

    Hola, mi pregunta es la siguiente:

    Cuando haya de conocer de estos procesos el TS o el TSJ la instrucción la llevará el juez instructor como indica la Lecrim o un magistrado de la sala del TS o TSJ que luego no formará parte para el enjuiciamiento como dice la LOPJ.

    Lo pregunto en referncia al test 10 de penal. UT 20 – GL. Pregunta 42.

    42.- El auto de apertura de juicio oral:
    a) lo dicta, en todo caso, el Juzgado de Instrucción
    b) lo puede dictar la Audiencia Nacional
    c) lo puede dictar el Juzgado Central de Instrucción
    d) lo puede dictar el Tribunal Supremo

    Gracias.

    #330405
    Anónimo
    Invitado

    Hola Bárbara, buenas tardes

    EStás en lo cierto. Por las razones que aduces la respuesta correcta sería la d)
    Pasamos a revisar

    GRACIAS!!

    #330406
    Anónimo
    Invitado

    Hola Bárbara, buenas tardes

    EStás en lo cierto. Por las razones que aduces la respuesta correcta sería la d)
    Pasamos a revisar

    GRACIAS!!

    #330407
    barbarulla
    Participante

    Gracias Baldo

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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