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tema 31 tramitacion : programas informáticos

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #329427
    Anónimo
    Inactivo

    Buenas, debido a la modificacion de LOPJ en su art.230.6 me pregunto si sigue siendo correcto y actual decir respecto a los Archivos Judiciales que “programas y aplicaciones informáticas serán aprobados por el Consejo General del Poder Judicial a propuesta del Ministerio de Justicia o de las comunidades
    autónomas con competencias …” o si quizás al modificarse la LOPJ esto tmb haya cambiado y ahora sea el Comité Técnico Estatal de la Administración de Justicia Electrónica quien deba aprobarlos.
    Gracias de antemano por la respuesta

    #329428
    Ana-Maria
    Participante

    Hola Angela

    En este otro post resolvimos tu duda.
    Como te dije en aquella ocasión lo modificado es en la LOPJ no en el Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales, así es que habrá que contestar depende de como te formulen la pregunta y de las opciones que existan.
    Un Saludo

    https://www.opositas.com/foro/2-administracion-de-justicia-auxilio-judicial-tramitacion-pa-y-gestion-pa/105752-nuevas-tecnologias-en-la-adm-justicia.html#122370

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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