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tema 8 dudas sobre lo puesto en cursiva

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #329197
    Anónimo
    Inactivo

    buenas, leyendo el tema 8 de tramitación en la pagina 5 viene un parte en cursiva y luego un pie de pagina que deroga a otro y luego otra ley que entra en vigor y se complica la cosa, entonces, respecto a los párrafos
    pregunta nº1 ¿¿¿¿¿hay que saberlos xq los pueden preguntar en el examen o no ????? (lo pregunto xq quizás sea como lo que pasó con el tema 4 que estaba una información pero el pie de pagina se refería a que no esta en vigor)
    pregunta nº2 caso de que no esté en vigor pero haya que saberlo ¿¿¿¿por que hay que saber algo que no está en vigor???

    Paso a copia/pega los párrafos objeto de duda “Según lo establecido en art.27 de la Ley de Demarcación: en las poblaciones que cuenten con más de 500.000 habitantes y
    en aquellas otras en que se juzgue conveniente en atención al volumen de población y al alto
    número de actuaciones de esta naturaleza, podrán establecerse mediante orden ministerial
    otras plazas de jueces o magistrados encargados con exclusividad del Registro Civil.
    En las demás poblaciones en que existan varios Juzgados de Primera Instancia o de
    Primera Instancia e Instrucción, ejercerán las funciones de Registro Civil los juzgados procedentes de la conversión prevista en la disposición transitoria tercera de LOPJ que las vinieren ejerciendo en el momento de producirse la misma y, en su
    defecto, el Juzgado número 1. Por orden ministerial podrá disponerse que asuma las funciones de Registro Civil el Juzgado único que se determine”

    #329198
    Ana-Maria
    Participante

    Buenas tardes, Angela.

    Lo que está en cursiva, se corresponde con el artículo 27 de la Ley de Demarcación y planta y estará en vigor [u]hasta 30 de junio de 2020[/u].

    En relación a tus preguntas sobre que estudiar, si es normativa publicada y en vigor no hay ninguna duda de que hay que estudiarla. Si es materia de Registro Civil hay que estudiar la legislación vigente a la fecha de la convocatoria.

    No obstante, habrá que esperar que señalan finalmente las bases en relación al tema de registro.

    En la anterior convocatoria se establecía:
    El programa que ha de regir la oposición se contiene en el anexo II de esta convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor. No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá sólo la legislación vigente en la fecha de la presente convocatoria.

    Un saludo

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