Buenos días, YolaG.
Tienes que tener en cuenta lo que señala el art.133,3 de la LEC : [i]”Los plazos señalados por meses o por años se computarán de fecha a fecha”[/i]. Teniendo en cuenta además, que …[i]”cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes”.[/i]
En tu ejemplo si te [u]notifican[/u] el 25-03 y señalan como plazo un mes, entonces el plazo corre a partir del siguiente que sería el 26-03 y como es fecha a fecha vencería el 26-04
Un saludo,