Buenas, tengo la siguiente duda al realizar el test civil nº 60 de la Unidad tutorial 15 del grupo de Gestión procesal (TL)
44. Señale la respuesta correcta en relación a la eficacia civil de resoluciones
de los tribunales eclesiásticos o de decisiones pontificias sobre matrimonio
rato y no consumado:
a) si no se pidiera la adopción o modificación de medidas, el tribunal dará audiencia
por plazo de diez días al otro cónyuge y al Ministerio Fiscal
b) se resolverá por medio de auto
c) ambas respuestas son correctas
d) ninguna respuesta es correcta
Da por correcta la C, pero tal y como está redactado no me parece que sea así. Si en dicha demanda no se solicitan medidas provisionales o su modificación, efectivamente la respuesta A es cierta y ADEMÁS terminaría por AUTO. Ahora, si en la demanda si se solicitan medidas tendremos que ir a los artículos 770 de la LEC y ss para resolverlo, con lo que hablamos de una terminación del procedimiento en forma de SENTENCIA.
La opción B, solo dice que termina por auto, sin aludir al caso de que no se pidan medidas, ni siquiera alude a la respuesta anterior dándola por cierta y añadiendo que se resolverá por medio de auto. Entiendo entonces que tal y como está redactado la A sería la única correcta.