Buenos días en la tutoría de ejecución, tán sólo habla de titulos judiciales cuando en el procedimiento del que procede, fué preceptivo. De los no judiciales, que será siempre. De los monitorios por cuantia de 2000 euros si no hubo oposición. Pero no dice nada en la tutoría, pero si en el temario de los acuerdos de mediación o laudo arbitral (titulo ejecutivo enumerado en el 2) siempre que sea superior a 2000 euros.
Lo debo de tener en cuenta o no
Un saludo