Hola Clara;
Te digo mi razonamiento:
Los órganos jurisdiccionales son aquellos a los que el estado les confía la facultad de administrar justicia, es decir, son encargados de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado y están integrados en el poder judicial.
El Tribunal Constitucional, en cambio, es único en su orden, NO está integrado en el poder judicial y su función es la de velar por el cumplimento de la constitución.
Este es el motivo por el que yo opté por la respuesta D, si estoy equivocada, por favor que alguien contradiga.
Un saludo