Estimados compañeros
Tengo otra duda pero en el Procedimiento Ordinario Penal.
Cuando en un Procedimiento Ordinario, se decreta la apertura de juicio oral ( art 649 la LECR), el Letrado de la Administración de Justicia comunica la causa al Ministerio Fiscal y a las partes ( Acusador Privado, Acusador particular, Actor Civil y Procesados) y les dá un plazo de 5 dias para que califiquen por escrito los hechos ( Art 651 y 652). Mi duda viene ahora. como las partes tienen derecho a proponer los artículo de previo pronunciamiento ( art 666 LECR) ¿ Se podría contar el plazo de los 3 dias que tienen para plantear las excepciones dentro de los 5 días que tienen para calificar los hechos. No se si me explico bien.Gracias.