Hola “archivera”
En la Ley Reguladora de la Jurisdicción social hay determinadas materias que se “reparten” entre los Órganos Judiciales del Orden Social en base a la “zona” donde surta efectos la resolución que se dicte
Son las cuestiones a que se refieren las letras f), g), h), j), k) y l) del artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Aprovecho para comentarte que en la unidad tutorial 14 tenéis disponibles algunas tutorías, previamente realizadas, que os ayudarán aún más a resolver la cuestión
Saludos y sigamos