Hola, tengo una duda respecto a esto, bueno más bien que me lio un poco a veces al leer y no entiendo del todo este párrafo. Dice: los delegados del gobierno tendrán su sede en la localidad donde radique el Consejo de Gobierno de la C.A., salvo que el Consejo de Ministros determine otra cosa y sin perjuicio de lo que disponga, expresamente el Estatuto de Autonomía.
El párrafo lo entiendo, mi duda es si nos preguntaran por la sede, si prevalece “en la localidad donde radique…” o donde diga el estatuto? como en otros casos.
Gracias!