Hola compañeros!!
Tengo una duda relacionada con el tema que nos toco ver este lunes, a ver si alguien podría ayudarme porque me estoy volviendo un poco loca y por mas que lo leo no lo entiendo….
A falta de acuerdo específicos al respecto, el número de delgados sindicales por cada sección sindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10 por 100 de los votos en la elección al Comité de Empresa o al órgano de representación en las Administraciones públicas se determinará según la siguiente escala:
Número de trabajadores Número de delegados sindicales
De 250 a 750 Uno
De 751 a 2.000 Dos
De 2.001 a 5.000 Tres
De 5.001 en adelante Cuatro
donde aplicamos ese 10%?? En el numero de trabajadores?
Cuando aplicamos la escala?
Yo entendí que si una empresa por ejemplo con 250 trabajadores y 25 de ellos votan al sindicato “X” siendo el 10% le correspondería a ese sindicato 1 delegado sindical… sería así??
muchas gracias de antemano!!!