Hola Barias
Según la ley, un agente de la autoridad es cualquier funcionario público (especialmente los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, pero también funcionarios de justicia, parlamentarios, notarios y registradores, agentes del medio natural, etc.) que tiene como misión ejecutar las decisiones y mandatos de la autoridad, en el ejercicio de sus funciones.
En la práctica, que un funcionario tenga la consideración de agente de la autoridad quiere decir que:
Las actas de inspección y las denuncias que formule en el ejercicio de sus funciones dan fe y gozan de presunción de veracidad respecto de los hechos reflejados en las mismas, salvo prueba en contrario;
Si se viera impedido o imposibilitado para desarrollar sus cometidos con el fin de prevenir la comisión de infracciones o faltas (por ejemplo, negación a identificarse de un denunciado, desobediencia, abuso sobre otra persona), podrá requerir el auxilio de la autoridad judicial o gubernativa,
Si recibiera insultos, amenazas u ofrecimientos en el ejercicio de sus funciones, lo podrá poner on la mayor urgencia posible en conocimiento de su superior inmediato y dar cuenta del hecho al Juzgado correspondiente, haciendo constar en el oficio su condición de Agente de la Autoridad.
Esperamos que haya quedado resuelto
Saludos de Baldo Gallego