Foros OPOSITAS

Art. 14 LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #325818
    barbarulla
    Participante

    ¿No existe audiencia al demandado cuando el demandante lama al proceso a un 3º dentro del supuesto de intervención provocada?

    #325819
    anamaripe
    Participante

    Buenos días barbarulla,

    No, de acuerdo con el art. 14, 1 de la LEC, en los casos en que la ley permita al demandante llamar a un tercero para que intervenga en el proceso sin la cualidad de demandado, no existe audiencia al demandado.

    Un saludo,

    #325820
    barbarulla
    Participante

    Claro, sin embargo cuando es el demandado el que llama aun 3º si cabe esa audiencia al demandante. Por eso no lo entiendo.

    #325821
    anamaripe
    Participante

    Así es cuando la intervención provocada [u]es a instancia del demandado[/u], se acordará oír al demandante.
    Creo que a veces, como en este caso, no hay que buscar entender porqué es así…. simplemente memorizarlo, sin buscar explicaciones…

    Un saludo y mucho ánimo!!!

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