Buenas tardes, xugus23:
No me queda claro si te refieres al tema de recursos o bien a los juicios declarativos (juicio ordinario y juicio verbal). Creo, por lo que expones en tu duda, que te refieres a estos últimos. En ese caso, no hay más remedio que aprender muy bien de memoria los artículos 249 y 250 de la LEC, y asociar tutela civil de derechos fundamentales con juicio ordinario, [u]excepto el derecho de[/u] [u]rectificación[/u]. Esto último se refiere a la posibilidad que tiene cualquier persona de solicitar que se rectifique una información sobre sí misma que no es correcta y que se ha divulgado por algún medio de comunicación social.
Espero haberte ayudado, pero si tu duda era otra, no dudes en preguntar de nuevo.
Saludos