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tema 16 – procesos de capacidad sobre personas

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #324725
    VDORADOA
    Participante

    Buenos días en este tema (tramitación) pag 9 habla de por quien puede ser promovida la declaración de incapaz, y cuando habla de la prodigalidad dice que los descendientes o ascendientes que perciban o alimentos o en situación de reclamárselos. Es decir que si yo creo que mi padre está incapaz y no estoy en el grupo de los que perciban o deban percibir alimentos y no existe cónyuge, no puedo promoverlo??? entonces quien lo promueve??
    y en este mismo párrafo dice” Si no la pidieren los representantes legales, el ministerio fiscal lo hará. Los representantes legales de los ascendientes o descendientes se refiere????
    Un saludete

    #324726
    Flaracan16
    Participante

    Buenos días,
    La declaración de incapacidad la puede promover cualquier ascendiente o descendiente, que considere que existe esa incapacidad.

    La prodigalidad no es una incapacidad en sí, es cuando una persona no cumple su responsabilidad con respecto a las personas que dependen de el. Por eso solo pueden promoverla los descendientes con derecho a percibir alimentos, el cónyuge o ministerio fiscal en nombre de estos cuando sean menores o incapaces.

    Cuando se refiere a representantes legales, se refiere a los tutores, padres etc…

    Espero haberte ayudado, y si estoy equivocada, por favor, que alguien me corrija.

    #324727
    pilarricky
    Participante

    Buenos días:

    Lo has explicado muy bien, Flaracan16.

    Según el [i]DRAE[/i], se define “pródigo” como la persona que desperdicia y consume su hacienda en gastos inútiles, sin medida ni razón.

    En Derecho se necesita una sentencia para declarar la prodigalidad de una persona. Y tiene sentido que, en el caso de ascendientes o descendientes, solamente puedan promover la declaración aquellos con derecho a percibir alimentos del supuesto pródigo, por ejemplo, si esa persona tiene hijos tendrá obligación de mantenerlos. Pero si no existe ese derecho a alimentos no la pueden promover, porque en principio cada persona es libre de utilizar su dinero como mejor considere.

    Un saludo, y gracias por participar

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