Cuando se incoe un expediente discplinario a un funcionario que tenga la condición de delegado sindical deberá notificarse dicha incoación:
a)a la junta de personal correspondiente
b)a la central sindical a la que pertenezca
c) a la sección sindical a la que corresponda
d)todas ciertas
Según art. 5 del Reglamento Disciplinario: Cuando se incoe un expediente disciplinario a un funcionario que tenga la condición de delegado sindical, delegado de personal o cargo electivo en el nivel provincial, autonómico o estatal en las organizaciones sindicales, deberá notificarse dicha incoación a la correspondiente sección sindical, junta de personal o central sindical, según proceda, para que puedan ser oídas durante la tramitación del procedimiento.
A tenor de lo que dice este artículo entiendo que la respuesta correcta sería la c) y no la d) que es la marcada como correcta. Entiendo que si fuese un delegado sindical la notificación sería a la sección sindical, si fuese un delegado de personal a la junta de personal y si fuese un cargo electivo a la central sindical ¿no lo veis así?
Feliz 2017