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duda civil

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #324571
    Boudica
    Participante

    Hola esta pregunta no la veo…
    Cuando las partes estuvieran personadas por procurador, cada uno de estos deberá trasladar a los procuradores de las restantes partes las copias de los escritos y documentos que presente al tribunal, si no consta que se ha realizado el traslado de las copias correspondientes a las demás partes personadas…

    a) El SJ no admitirá la presentación de los escritos ni documentos.
    b) el SJ concederá un plazo máximo de 3 días para su subsanación.
    c) El SJ concederá un plazo máximo de 5 días para su subsanación.
    d) Las copias se entregarán por el SJ a la parte o partes contrarias.
    Respuesta la a. Pero no la veo gracias. saludos.

    #324572

    Buenos días!

    La respuesta a la pregunta le tenemos en el artículo 277 de la LEC, que dice:

    “Cuando sean de aplicación los dos primeros apartados del artículo anterior el Secretario judicial no admitirá la presentación de escritos y documentos si no consta que se ha realizado el traslado de las copias correspondientes a las demás partes personadas.”

    Es decir, que como bien dice el enunciado de la pregunta, si el procurador de alguna de las partes, estando obligado a ello, no da traslado al resto de partes, el SJ directamente no admite dichos documentos.

    Espero haberte ayudado (y si me equivoco que alguien me corrija 😉 )
    Saludos

    #324573
    ceg
    Participante

    Buenos días

    AINHOA perfectamente explicado y, como siempre os digo, esta participación activa en el foro os ayuda para dominar todos los conceptos necesarios que nos lleven a una óptima preparación y HASTA EL APROBADO!

    Gracias y saludos de Baldo Gallego

    #324574
    Boudica
    Participante

    Hola no había caido en el art 277, en los” dos primeros apartados….” 😆

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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