Buenos días.
Dice que el conocimiento de la decisiones a tramite de un recurso de amparo, se deciden por sección (salvo excepciones) y que si estas no alcanzan la unanimidad se trasladará la decisión a la Sala respectiva. En el párrafo de a continuación dice, que las providencias de inadmisión, adoptados por las Secciones o salas se notificaran a M fiscal e interesado y que solo podrán ser recurridas en suplica por el M fiscal.
Entonces, el traslado que hace una sección a una sala de una decisión que no ha alcanzado la unanimidad, se hace de forma automática con todas las decisiones, o solo las recurridas a través del recurso de suplica
Un saludo