Foros OPOSITAS

tema 1 pag 52 – unanimidad en decisión r. amparo

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #324000
    VDORADOA
    Participante

    Buenos días.
    Dice que el conocimiento de la decisiones a tramite de un recurso de amparo, se deciden por sección (salvo excepciones) y que si estas no alcanzan la unanimidad se trasladará la decisión a la Sala respectiva. En el párrafo de a continuación dice, que las providencias de inadmisión, adoptados por las Secciones o salas se notificaran a M fiscal e interesado y que solo podrán ser recurridas en suplica por el M fiscal.
    Entonces, el traslado que hace una sección a una sala de una decisión que no ha alcanzado la unanimidad, se hace de forma automática con todas las decisiones, o solo las recurridas a través del recurso de suplica
    Un saludo

    #324001
    pilarricky
    Participante

    Hola,

    La Sección las remite a la Sala sólo cuando no ha habido unanimidad. Y en caso de que el recurso no se admita, el Ministerio Fiscal puede recurrir en súplica, bien ante la Sección (caso de que lo hubiera inadmido por unanimidad), o bien ante la Sala (si lo había inadmitido ésta, al no conseguir la Sección la unanimidad).

    Un saludo

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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