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tema 1 pag 48.Recurso de inconstitucionalidad

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #323996
    VDORADOA
    Participante

    Buenos dias.
    En esta pag habla de una excepción en la que el Presidente del gobierno y los órganos colegiados ejecutivos de las CC.AAs, podrán interponer el recurso de inconstitucionalidad en el plazo de 9 meses y dice con la finalidad de evitar la interposión del recurso.. ( no entiendo que quiere evitar, si ya se interpone el recurso) y habla de unos requisitos (que no sé si son estos los que se quiere evitar o que)

    Un saludo

    #323997
    pilarricky
    Participante

    Hola,

    Si se cumplen esos requisitos (reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación y acuerdo sobre el inicio de negociaciones para resolver el conflicto), y ese acuerdo se pone en conocimiento del Tribunal Constitucional, entonces el plazo para interponer el recurso de inconstitucionalidad sería de 9 meses en vez de tres.

    Se supone que como han iniciado negociaciones para llegar a un acuerdo y así evitar la interposición del recurso, la idea es que puedan tener tiempo para ello, y ya si finalmente no se resuelve la discrepancia, interponer el recurso.

    Yo lo entiendo así

    #323998
    VDORADOA
    Participante

    Muchas gracias Pilar, ahora ya lo entiendo.

    Un saludo

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