Foros OPOSITAS

Mejora, reducción y modificación del embargo

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #323930
    lanzaran
    Participante

    En el art.612 LEC dice que el Tribunal proveerá mediante providencia sobre estas peticiones según su criterio, sin ulterior recurso. Y después comenta que el Secretario Judicial resolverá mediante decreto sobre estas peticiones.
    ¿Qué quiere decir exactamente “el Tribunal proveerá sobre estas peticiones”?

    #323931
    pilarricky
    Participante

    Pues parece que “proveer” significa, en este contexto, “resolver”, de ahí que diga que se hace mediante providencia. Pero es una contradicción con lo que se dice justo después, en cuanto a que es el secretario el que resuelve mediante decreto. Seguramente un error al redactar la ley.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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