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Duda competencias LOPJ

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #323603
    Marta
    Participante

    Estudiando los artículos de la LOPJ referentes a competencias de cada uno de los órganos judiciales me ha surgido una duda que no encuentro explícita en ninguno de los artículos y que es la siguiente:

    Quien conoce de la demanda de responsabilidad civil dirigida contra el presidente de una Audiencia Provincial?

    Intuyo la respuesta pero no la tengo segura. A ver si alguien puede ayudarme

    Muchas gracias
    Buenas noches!

    #323604
    pilarricky
    Participante

    Hola, Marta

    Es verdad que no lo dice, yo pienso que sería la misma Audiencia Provincial, ya que al TSJ le correspondería si la demanda se dirigiera contra todos o la mayor parte de los magistrados de la Audiencia. Por eso, si es uno sólo, aunque sea el Presidente, yo creo que conocería la misma Audiencia.

    Pero si la demanda no es por hechos cometidos en el ejercicio de su cargo, entonces le correspondería a un Juzgado de Primera Instancia.

    Un saludo, buenas noches

    #323605
    Anónimo
    Invitado

    Veamos la pregunta, porque tiene “escondites”

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 73.2 de la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial conocerán los T.S.J en material civil, de:
    [quote]
    b) En única instancia, de las demandas de responsabilidad civil, por hechos cometidos en el ejercicio de su cargo, contra todos o la mayor parte de los magistrados de una Audiencia Provincial o de cualesquiera de sus secciones.
    [/quote]

    Si trabajamos el artículo 82 de la L.O.P.J. no “vemos” que conozcan las Audiencias Provinciales de procesos civiles en primera o única instancia.

    Por su parte el artículo 85 de la misma Ley cuando establece las competencias del Juzgado de Primera Instancia,

    [quote]
    1. En primera instancia, de los juicios que no vengan atribuidos por esta ley a otros juzgados o tribunales.
    [/quote]

    De esta forma y aunque pueda parecer curioso, entendemos que sería competencia del Juzgado de Primera Instancia

    Siempre, salvo mejor opinión

    Saludos de Baldo Gallego

    #323606
    Marta
    Participante

    Buenos días y muchas gracias a ambos por la respuesta

    Entonces, tanto si se trata de hechos cometidos en el ejercicio de sus funciones como si no, conoce el juzgado de primera instancia?

    La verdad es que es un poco “desconcertante” que en los mismos casos, para un magistrado de AP conozca TSJ y para el presidente de AP conozca juzgado de primera instancia…. Digo desconcertante a la hora de entender el esquema mental en nuestro estudio

    Estaba equivocada en la respuesta que yo pensaba

    Muchas gracias y buen día

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