Hola,
Yo entiendo que dentro del capítulo de la LEC sobre liquidación del régimen económico matrimonial se hace referencia a dos supuestos diferentes, por una parte el régimen de sociedad de gananciales, para cuya liquidación es necesaria la previa formación de inventario, y por otra parte, el artículo 811 se refiere al caso de liquidación del régimen de participación (distinto del de gananciales).
Por tanto, no se pueden dar a la vez, porque o se tiene un régimen o se tiene el otro.
Un saludo