Foros OPOSITAS

duda conciliacion

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #322642
    Boudica
    Participante

    No encuentro la solucion en la ley de esta respuesta:
    En la citación al demandado en el acto de conciliación civil:

    El Letrado de la Administración de Justicia dictará resolución sobre su admisión y citará a los interesados, señalando el día y hora en que haya de tener lugar el acto de conciliación.

    gracias
    😳

    #322643
    pilarricky
    Participante

    Es el artículo 142 de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Pero exactamente lo que dice es:

    “El Secretario judicial o Juez de Paz, en los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se presente la solicitud, dictará resolución sobre su admisión y citará a los interesados, señalando el día y hora en que haya de tener lugar el acto de conciliación”

    #322644
    Boudica
    Participante

    a ok.
    gracias.

    #322645
    Anónimo
    Invitado

    Permitidme que intervenga

    Transcribo el precepto para que se queden claros los plazos

    [quote]

    Artículo 142. Admisión, señalamiento y citación.

    1. El Secretario judicial o Juez de Paz, en los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se presente la solicitud, dictará resolución sobre su admisión y citará a los interesados, señalando el día y hora en que haya de tener lugar el acto de conciliación.

    [/quote]

    Saludos de Baldo Gallego

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS