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Gabinete Técnico del TS

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #322481
    Epc00011
    Participante

    Buenas noches,

    dice el art. 61 bis LOPJ que existirán tanta áreas como órdenes jurisdiccionales y que cada una de ellas estará integrada por un Director y por Letrados. A continuación dice que en la Sala Quinta de lo Militar PODRÁ haber un Letrado del Gabinete Técnico…

    mi duda es: es que no es preceptiva que exista un área del orden jurisdiccional militar? o significa ese inciso que podrá haber uno en lugar de varios? No me queda claro eso…y debe existir un Director por área?

    son muchas las dudas que me surgen con esta adición legislativa de 2015…

    Saluditos.

    #322482
    pilarricky
    Participante

    Hola,

    Leyendo esos artículos a mí me queda claro que hay un Director del Gabinete Técnico (para todo el Gabinete).

    Respecto a lo que dices de la Sala de lo Militar, creo que sí que es un poco ambiguo, en el sentido de que de la manera en que lo dice podría dar a entender que respecto al orden jurisdiccional militar no hay área, sino simplemente la posibilidad de que haya un Letrado del Gabinete en la Sala.

    En cualquier caso, yo ante una posible pregunta de examen me ceñiré a lo que dice el artículo y la forma en que lo dice, creo que otra cosa no se puede hacer.

    Saludos

    #322483
    Epc00011
    Participante

    Muchas gracias Pilar por tu respuesta 🙂

    Es verdad que sólo hay un Director, no uno por área, gracias por la indicación, no me había dado cuenta. Respecto a las áreas, dice que habrá una por cada orden jurisdiccional, así que tiene que haber área en lo militar. La duda está en lo del Letrado…es cierto lo que dices, habrá que tener cuidado en las respuestas y aprender de memoria ese inciso, sobretodo el “podrá”.

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