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DUDA . Sala Especial TS o Sala de lo Civil

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    Entradas
  • #322021
    sag
    Participante

    Buenas tardes, repasando el tema 7, me ha surgido una duda.

    Si la Sala de lo Civil de TS conoce las demandas de responsabilidad civil por hechos realizados en el ejercicio de su cargo de, entre otros, los magistrados del TS, por qué dice que la SALA ESPECIAL del TS conocerá de las demandas de responsabilidad civil que se dirijan contra los presidentes de Sala o contra todos o la mayor parte de los Magistrados de una sala de dicho Tribunal realizados en el ejercicio de su cargo??
    Si los presidentes de Sala se supone que son magistrados del TS, no conocería este tema la Sala de lo Civil?

    Tengo la misma duda con el punto cuarto de la SALA ESPECIAL DEL TS cuando habla de que conocerá la instrucción y enjuiciamiento de causas en Penal.

    No acabo de entenderlo, así que agradecería que alguien me lo explicara. Muchas gracias!

    #322022
    Epc00011
    Participante

    Hola sag! Porque es así… no te líes, es muy fácil. Si la demanda va dirigida contra un magistrado del TS conoce la Sala de lo Civil, y si va dirigida contra todos o la mayor parte dr los Magistrados o contra los Presidentes de Sala, quien conoce es la Sala Especial.

    Obviamente si ese Magistrado que he dicho al principio es Presi de Sala será la Sala Especial la competente.

    Es muy fácil, sólo hay que tenercuidado con esa diferencia que has expuesto tú 🙂

    Saluditos.

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