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¡Competencias entre funcionarios!

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #320763
    Elenita33
    Participante

    Hola, muy buenos días,

    ¿Alguien sabe, por favor, que significa que el secretario judicial expedirá las cédulas de citación? ¿Qué entendemos por expedir?¿Es lo mismo que practicar?

    Tampoco tengo muy claras las competencias del secretario judicial y del auxilio judicial en las cédulas de notificación y emplazamiento. Tengo entendido que se practican bajo la dirección del Secretario y se ejecutan por el auxilio. Pero, ¿ que se entiende por ejecutar?

    Alguien que me pueda echar una mano, por favor.

    Muchas gracias a todos de antemano.

    Un cordial saludo,

    Elena.

    #320764
    francahe
    Participante

    En un Juzgado, según la LECRiminal, “autorizar” la cédula en penal corresponde al Secretario y el funcionario que vaya a practicar el acto de comunicación en concreto, expedirá y autorizará con su firma las copias correspondientes

    Ejecutar es llevar a cabo la diligencia correspondiente, practicarla. Por tanto, será el de auxilio, según la LECivil quien la ejecute

    Creo que te respondo

    #320765
    Elenita33
    Participante

    Hola, muy buenos días Francahe,

    Sí, me parece que ya lo veo. Supongo que la cédula sería como la autorización ¿no? y las copias y la diligencia que extiende el auxiliar sería ejecutar ¿no? Creo que lo digo bien y que ahora lo veo.

    ¡Muchas gracias por contestar compañero!

    Hasta pronto,

    Elenita 🙂

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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