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art. 641.5 LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #320717
    LN30
    Participante

    Hola, buenas noches compañeros, el artículo 641.5 me plantea duda, porque en el caso de que como se señala en él, “trascurrido el plazo sin que se hubiere cumplido el encargo a la persona o entidad especializada, el Secretario judicial revocará definitivamente éste”.¿En este caso el ejecutante podría optar por la subasta no?. Gracias. Saludos.

    #320718
    Anónimo
    Invitado

    Hola LN.
    Efectivamente, si la posibilidad de venta por entidad especializada no tuviere éxito, quedará a salvo el derecho del ejecutante para ejercitar las acciones que la LEC le concede y entre ellas solicitar la subasta

    Saludos y como siempre, gracias por tu participación en el foro

    #320719
    LN30
    Participante

    De acuerdo Baldo. Saludos.

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