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tema 27 par 13 y 14 coop.internacional act j.España en extranjero

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    Buenas tardes

    En relación a los trámites de solicitud caso desplazamiento jueces y magistrados al extranjero.
    Primero se solicita a la Comisión permanente del CGPJ
    En cuanto al informe a adjuntar a la solicitud sobre razones justifiquen desplazamiento e indicar los funcionarios judiciales que tb se desplazarán ?este informe es preceptivo?.
    Segundo el expediente del desplazamiento lo tramita el Servicio de Relaciones internacionales ?dónde está este servicio? Se supone que aquí en España no?.
    Tercero Este servicio eleva propuesta de desplazamiento a la Comisión Permanente CGPJ ? Cuando lo eleva, posteriormente a la solicitud anterior? Y a su vez la comisión puede recabar informe de Presidente T.supremo Aud.Nac.o TSJ, según quién solicite.
    Cuarto la Comisión resuelve la petición de desplazamiento.
    La cuestión es que aún solicitándolo a la Comisión debe pasar antes o proponerlo el Servicio de RElaciones internacionales ?cuándo? Es que el servicio de relac.internacionales debe dar el visto bueno al trámite?.
    perdón x extenderme pero me parece en el proceso todo duplicado salvo que lo haya entendido mal.
    Gracias de antemano y saludos.

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