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8 febrero, 2015 a las 7:51 pm #320372
LN30
ParticipanteBuenas noches compañeros, no entiendo quién es el hipotecante no deudor, el deudor entiendo quién es, el tercer poseedor también pero quien es el hipotecante no deudor?, porque es una de las posibles personas a la que se la requiere de pago en la ejecución hipotecaria….. Gracias. Saludos.
10 febrero, 2015 a las 9:36 am #320373Epc00011
ParticipanteBuenos días LN30,
voy a intentar explicártelo con un ejemplo…a ver, una persona tiene una vivienda en propiedad y pide un préstamo a un banco por más valor de el que tiene la vivienda. Por ejemplo, mi casa está valorada en 50000 euros y pido un préstamo de 80000, necesito una persona que me “avale” el dinero que me falta entre lo que vale mi vivienda y lo que estoy pidiendo al banco…éste tiene que tener la seguridad que en caso de impago, va a tener de donde tirar para poder cobrarse los 30000 euros restantes, necesita una garantía, por lo que es aquí donde aparece el hipotecante no deudor, que avala al propietario de la vivienda y solicitante del préstamo, pero sólo con esa cantidad, es decir, su responsabilidad está limitada.
Ya me dices, saluditos
10 febrero, 2015 a las 9:38 am #320374Epc00011
Participanteavalar, quizás no sea la palabra correcta, pero es para que se entienda de manera más fácil…porque ejecución es un poco liosilla.
10 febrero, 2015 a las 11:33 am #320375LN30
ParticipanteBuenos dias Epc, más o menos lo entiendo, o sea, que sería como el “avalista” del hipotecante deudor, pero en el caso de que el hipotecante no deudor, no pague esos 30.000 euros al banco entonces que es lo que sucedería?, que el banco presentaría demanda ejecutiva para embargarle sus bienes?. Gracias. Saludos.
11 febrero, 2015 a las 6:04 am #320376maulloga
ParticipanteBuenos días, según lo entiendo yo y, salvo mejor opinión, en el caso que planteas, LN30, el banco podría instar ejecución del bien hipotecado para recuperar su dinero, pero NO contra los bienes del hipotecante no deudor, quien sólo respondería por la cantidad de 30.000 euros y con el bien hipotecado.
En el caso que tú comentas no estaríamos hablando realmente de un hipotecante no deudor, sino que sería más bien un avalista, quien sí respondería con sus bienes del impago de la deuda. Son figuras diferentes.
Un saludo
11 febrero, 2015 a las 8:00 am #320377Epc00011
ParticipanteEl hipotecante no deudor responde con su garantía inmobiliaria, su inmueble, pero sólo hasta 30000 euros, porque tiene limitado su ámbito de responsabilidad. El fiador, por el contrario, respondería de toda la deuda en caso de impago por parte del deudor.
11 febrero, 2015 a las 3:57 pm #320378LN30
ParticipanteHola Epc, ya lo veo más claro, pero hay un aspecto que todavía no entiendo, si el hipotecante no deudor responde con su inmueble hasta los 30.000 euros según el ejemplo, eso como se traduce que si no paga, el banco le embarga parte de su inmueble para poder recuperar esos 30.000 euros?. Es que de esa parte no me entero bien. Gracias por tus respuestas y gracias también a ti, maulloga. Saludos.
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