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duda artículo 707 apartado 2 LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #320309
    LN30
    Participante

    Buenos días, en el apartado 2 del artículo 707: “Si el ejecutado no atendiera el requerimiento en el plazo que se señale, podrá contratar la publicidad el ejecutante, “[b]previa obtención de los fondos precisos con cargo al patrimonio del ejecutado”[/b]. ¿Esa obtención de los fondos precisos cómo se obtiene embargando los bienes del ejecutado no?. Gracias. Saludos.

    #320310
    NECHECO
    Participante

    Eso entiendo yo también, que ante la falta de cumplimiento voluntario, se procederá contra sus bienes.

    #320311
    Anónimo
    Invitado

    Así es, por lo que iríamos al embargo y posterior apremio
    Saludos

    #320312
    LN30
    Participante

    Gracias Baldo por la aclaración. Saludos.

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