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magistrados del tribunal constitucional

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #318333
    aliche74
    Participante

    Hola compañeros tengo ésta duda:
    Los magistrados del tribunal Constitucional son elegidos por un periodo de 9 años ( art 16.3 LOTC). Y aquí viene mi duda en el test de Tribunal constitucional que dice en su pregunta 11:
    11. Si un Magistrado del Tribunal Constitucional es nombrado en el año 2000, ¿ cuando será el primer año en que pueda volver a ser nombrado si en el primer nombramiento cumplió todos los años previstos?
    a) en el 2009
    b) en el 2012
    c) en el 2018
    d) en el 2006
    El test dá como respuesta la c)
    Alguién me puede aclarar porqué la c) es la respuesta. gracias.

    #318334
    rociogomez
    Participante

    hola aliche

    mira el cargo de magistrado del TC se hace por 9 años y se renueva por tercera partes cada tres.

    p. ej – elegidos y transcurridos los primeros tres años se va una parte digamos los miembros del congreso, despues pasan otros tres años digamos que se va los miembreos del senado, y pasan los tres siguientes y se va la parte de los miembros del gobierno (aqui ya han transcurrido 9 años) dice la ley que ninguno de estos anteriores puede ser propuesto para otro periodo inmediato, o sea 3 años mas.

    la cuenta seria desde el 2000 al 2003 estan en activo
    desde el 2003 al 2012 se van renovando las partes como te he explicado anteriormente
    desde el 2015 al 2018 no pueden ser elegidos porque es el periodo que inmediato posterior.

    en este ejemplo los primeros que pueden ser elegidos de nuevo seria los miembros del congreso que fueron los primeros que se renovaron

    no se si me he explicado o te he liado, pero asi es como yo lo entiendo

    saluditos

    #318335
    aliche74
    Participante

    Muchas Gracias Rociogomez, te has explicado de maravilla. Saludos

    #318336
    mg1
    Participante

    Entiendo que si se eligen por periodos de 9 años (renovandose cada tres por terceras partes) y no pueden ser elegidos nuevamente en un periodo inmediato, no podrían volver a ser elegidos hasta que no pasase otro periodo de 9 mas posterior al primero. Si se eligio en 2000 acabara su eleccion en 2009 que es cuando saldra. Hasta 2018 no habrán pasado el siguiente periodo de 9 años inmediato.

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